Nuevas ayudas LEADER para emprendedores, pymes y entidades sin ánimo de lucro
Si estás pensando en ampliar, modernizar tu negocio y quieres emprender en la Comarca de la Alcarria y la Campiña de Guadalajara, no lo dudes: infórmate de las Ayudas LEADER.
Características de la nueva convocatoria
La nueva convocatoria de ayudas LEADER incluye una serie de requisitos y características a tener en cuenta por los solicitantes, como el porcentaje máximo de ayuda que se concederá, qué tipo de proyectos son objeto de ayuda o qué tipo de costes son los que se subvencionarán.
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¿Qué proyectos son subvencionables?
- Proyectos vinculados con la transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas contemplados en el Anexo I del Tratado de la Unión Europea: Inversiones en industrias y cooperativas agroalimentarias.
- Iniciativas de fomento de actividades no agrícolas en el medio rural: ayudas a las inversiones de creación y desarrollo de actividades no agrícolas.
- Proyectos productivos intermedios:
- Ámbito 4. Iniciativas para la creación, mejora o ampliación de infraestructuras en zonas rurales.
- Ámbito 5. Proyectos de mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural.
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¿Quién puede solicitar la ayuda LEADER?
- Línea de inversiones en industrias y cooperativas agroalimentarias:
- Las personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes titulares de industrias agroalimentarias localizadas en el territorio de actuación de ADAC, con actividad en el momento de presentación de la solicitud de ayuda o que se inicien en la actividad agroalimentaria.
- Condiciones específicas de los proyectos a financiar:
- Proyectos con vinculación a la industria agroalimentaria.
- Proyectos cuya finalidad sea mejorar la transformación y/o comercialización de los productos del Anexo I del Tratado de la UE.
- Línea de creación y desarrollo de actividades no agrícolas:
- Microempresas y pequeñas empresas.
- Personas físicas o jurídicas de carácter privado que desarrollen actividades no agrícolas.
- Comunidades de bienes.
- Agricultores o miembros de la unidad familiar que diversifiquen su actividad económica en actividades no agrícolas en zonas rurales.
- Iniciativas para la creación, mejora o ampliación de infraestructuras en zonas rurales (proyectos productivos intermedios):
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- Personas físicas o jurídicas de carácter privado que acometan actuaciones de carácter privado en materia de prestación de servicios básicos.
- Comunidades de bienes que acometan actuaciones de carácter privado en materia de prestación de servicios básicos.
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¿Cuál es el porcentaje máximo de ayuda?
> El límite máximo de ayudas para micro y pequeñas empresas puede alcanzar el 45% de la inversión elegible. La ayuda está financiada con cargo a la Estrategia LEADER.
> Exclusivamente para los proyectos productivos intermedios en el ámbito 4 y 5 el importe máximo de la ayuda puede alcanzar con cargo al programa LEADER el 80% de la inversión elegible.
> Límite general: El importe máximo de la ayuda a conceder a un mismo promotor, con cargo a la financiación LEADER, es de 200.000 euros cada tres años, contados desde la resolución de concesión de la misma.
Limitaciones específicas de las inversiones
- Industria y cooperativas agroalimentarias: el importe máximo de inversión es de 100.000 euros (IVA no incluido).
- Proyectos productivos intermedios: la inversión máxima subvencionable es 50.000 euros.
Los criterios de selección y baremación de los proyectos de inversión están pendientes de aprobación por la Dirección General de Desarrollo Rural.
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¿Qué inversiones pueden ser objeto de ayuda?
- Ámbito 2. Línea de inversiones en industrias y cooperativas agroalimentarias.
- Inversiones financiables:
- Los gastos de construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
- Los gastos de compra de nueva maquinaria y equipos.
- Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a) y b) tales como: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental del proyecto, incluidos los estudios de viabilidad -los estudios de viabilidad seguirán considerándose gastos subvencionables aun cuando, atendiendo a su resultado, no se efectúen gastos de los contemplados en a) y b)-.
- Las siguientes inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
- No serán costes elegibles:
- Los costes del arrendamiento financiero.
- Las inversiones destinadas a la producción o consumo de energía a partir de fuentes renovables. Sólo serán subvencionables en tanto en cuanto no hayan sido objeto de subvención o prima de generación a través de otros mecanismos de incentivación.
- Ámbito 3. Línea de creación y desarrollo de actividades no agrícolas.
- Serán elegibles las siguientes inversiones:
- Actividades de turismo rural, incluyendo alojamientos, catering, transportes, tiendas, restaurantes, cafés, etc…
- Construcción, reconstrucción o establecimiento de tiendas, factorías, locales e instalaciones para diversas actividades económicas de producción o procesamiento de bienes.
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- Transformación y comercio de productos finales no relacionados en el Anexo I del TFUE, independientemente de la clasificación del producto original.
- Construcciones, reconstrucciones y modernización de locales e instalaciones para prestar actividades de atención a la infancia, atención a personas mayores, atención a la salud, atención a discapacitados, etc.
- Desarrollo de actividades artísticas y de artesanía.
- Actividades relacionadas con la tecnología de la información, informática o comercio electrónico.
- Actividades de arquitectura e ingeniería, auditorías, contables, servicios técnicos, veterinarias, etc.
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- No serán subvencionables:
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- Los costes del arrendamiento financiero.
- Los costes de producción o transformación cuyo producto final se encuentre incluido en el Anexo I del TFUE.
- Las inversiones destinadas a la producción o consumo de energía a partir de fuentes renovables sólo serán subvencionables en tanto en cuanto no hayan sido objeto de subvención o prima de generación a través de otros mecanismos de incentivación.
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- Ámbito 4. Ayudas para la creación, mejora o ampliación de infraestructuras en zonas rurales (exclusivamente para proyectos productivos intermedios).
- Serán elegibles las siguientes inversiones:
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- Construcción de instalaciones auxiliares para la producción y uso de energías renovables.
- Construcción y reconstrucción de centros para servicios sociales.
- Construcción y reconstrucción de centros de asistencia y educativos.
- Construcción y reconstrucción de locales destinados a actividades de ocio.
- Inversiones para uso público en infraestructuras de recreo y turismo.
- Inversiones en construcción e instalación de mejora en servicios locales básicos.
- Construcción y modernización de centros de información turística y de atención al visitante.
- Información turística y ambiental de ámbito local.
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- No serán subvencionables:
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- Los costes del arrendamiento financiero.
- Las inversiones destinadas a la producción o consumo de energía a partir de fuentes renovables sólo serán subvencionables en tanto en cuanto no hayan sido objeto de subvención o prima de generación a través de otros mecanismos de incentivación.
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- Ámbito 5. Ayudas para el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural.
- Acciones subvencionables como proyectos de carácter productivo intermedio:
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- Desarrollo de acciones de concienciación e información sobre el patrimonio rural.
- Conservación a pequeña escala de bienes inmuebles del patrimonio rural.
- Inventarios y catálogos de patrimonio histórico y cultural.
- Preservación del patrimonio inmaterial como música, folklore y etnología.
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El plazo de solicitud de ayuda está abierto en virtud de la Resolución del Presidente de ADAC de fecha 26 de abril de 2019 [VER PDF]
La solicitud de ayuda presentada con anterioridad a la publicación de la Convocatoria deberá ser ratificada en virtud de lo dispuesto en la misma y se resolverá bajo el régimen de concurrencia competitiva.
La documentación para solicitar la ayuda está disponible en el siguiente enlace