A continuación publicamos el extracto de la Orden de 04/02/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula y convoca el procedimiento para la selección de grupos de acción local y estrategias de desarrollo local participativo, de acuerdo con la medida 19 apoyo al desarrollo local de Leader del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020
Primero. Beneficiarios.
Los Grupos de Acción Local (GAL), entidades asociativas responsables de la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo y de su ejecución que reúnan los requisitos de la Orden de 4 de febrero de 2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula y convoca el procedimiento para la selección de Grupos de Acción Local y Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de acuerdo con la medida 19 Apoyo al Desarrollo Local de Leader del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Segundo. Objeto y bases reguladoras.
Convocar los procedimientos de selección de los Grupos de Acción Local y de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo,estableciendo sus respectivos criterios de selección, de acuerdo a la medida 19 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, para el desarrollo de las siguientes submedidas:
19.2. Ayuda para la realización de operaciones conforme a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo.
19.3. Preparación y realización de las actividades de cooperación de los Grupos de Acción Local.
19.4. Ayuda para los costes de explotación y animación.
En desarrollo de lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembrede 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.
Tercero. Cuantía.
Las Estrategias de Desarrollo Local y cada una de las operaciones financiadas con cargo a la misma serán objeto de
cofinanciación por la Unión Europea, la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, en los porcentajes que se establezcan en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020,
y sus sucesivas reprogramaciones.
Para esta convocatoria la asignación financiera a repartir entre los GAL seleccionados es de 127.348.958,89 euros
imputables a la aplicación presupuestaria 21030000G/717A/7831H de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Cuarto. Plazo presentación solicitudes.
El plazo de presentación será de 2 meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Quinto. Otros datos.
El procedimiento de selección de Grupos de Acción Local y Estrategias de Desarrollo Local Participativo, culminará con la firma del convenio entre el GAL representante de cada uno de los territorios seleccionados y la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
La firma del convenio se realizará en el plazo máximo de 3 meses desde la resolución del Consejero indicada en
el apartado 5 del artículo 9 de la Orden. En ellos se regularán, entre otras, la finalidad, procedimiento de gestión y
el control y seguimiento de las ayudas concedidas al GAL, para su aplicación en los territorios seleccionados. Los
convenios deberán ajustarse a la estructura y contenido especificados en el Anexo V de la Orden.
Consulta la Orden de selección de Grupos de Acción Local y Estrategias de Desarrollo Local Participativo: www.castillalamancha.es