Convocatoria para Autónomos y Microempresas 2026
La Diputación de Guadalajara destina 700.000 euros a subvenciones dirigidas a trabajadores y trabajadoras autónomas, así como a microempresas, de municipios de menos de 5.000 habitantes de nuestra provincia, para la realización de actuaciones de inversión en 2026.
Estas ayudas seguirán reactivando la economía y dinamizando el tejido productivo de la provincia, ayudando a los pequeños negocios rurales a adquirir equipos y maquinaria imprescindibles para su actividad.
Cabe destacar que la Diputación elevó la partida presupuestaria destinada a esta convocatoria de subvenciones en 2024, tras haberse agotado totalmente el crédito disponible en las dos convocatorias anteriores, que era de 500.000 €.
En la última convocatoria se concedieron ayudas a 447 personas autónomas y microempresas de entornos rurales. Desde 2020, año en que se puso en marcha por primera vez esta línea de ayudas dirigida a la inversión de los pequeños negocios rurales, hasta 2025 la Diputación de Guadalajara ha concedido un total de 2.136 subvenciones que han sumado 3.195.170 euros.
Importe y gastos subvencionables
Para obtener las ayudas, entre otros requisitos, queda marcado el de no haber sido beneficiario/a en la anterior convocatoria.
Además, la cuantía máxima de la subvención dependerá de los trabajadores/as que se tengan contratados a fecha de presentación de la solicitud, de manera que, si no existieran, la cuantía máxima sería de 1.500 euros; entre uno y cinco trabajadores, máximo 2.000 euros y de seis a nueve, máximo 2.500 euros.
Por otro lado, serán gastos subvencionables los realizados en inmovilizado entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026, cuyo valor de adquisición no sea inferior a 600 euros ni superior a 10.000, encuadrados en los siguientes conceptos: aplicaciones informáticas, instalaciones técnicas, maquinaria, mobiliario, equipos para procesos de información, elementos de transporte y otro inmovilizado material.
Solo será subvencionable una única actuación por beneficiario/a, debiendo estar relacionada con la actividad económica realizada y servir para su proceso productivo.
En cuanto a los criterios de valoración de las solicitudes, se atenderá, además de al número de personas empleadas, al número de habitantes del municipio donde la persona solicitante tenga su establecimiento principal, obteniendo mayor puntuación aquellos ubicados en pueblos de hasta 99 habitantes y, sucesivamente, de 100 a 249, de 250 a 499, de 500 999 y, con menos puntuación, aquellos entre 1000 a 4999 habitantes.
La difusión y divulgación de la subvención entre los destinatarios incluidos en su ámbito territorial se llevará a cabo con la participación de los Grupos de Acción Local y el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
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