La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha publicado en el DOCM de 2 de Diciembre la Convocatoria para el ejercicio 2016 de las ayudas al fomento del inicio de la actividad de las personas emprendedoras en Castilla-La Mancha.
A CONTINUACIÓN PUEDES ENCONTRAR UN EXTRACTO DE SUS PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS:
¿QUIÉN PUEDE SER BENEFICIARIO DE LAS AYUDAS?
1. Las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empelo, cuando se establezcan como personas trabadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan los siguientes requisitos:
a. Que hayan causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, dentro del período comprendido desde el 01/09/2014 hasta el 31/10/2016, y en todo caso, antes de presentar la solicitud de subvención.
b. Que hayan figurado inscritos como demandantes de empleo, no ocupados, en el día anterior a la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha.
c. Que en el momento de presentar la solicitud, realicen la actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
d. Que la actividad emprendedora no supere los parámetros de microempresa.
e. Que la actividad emprendedora que se inicia no esté encuadrada en los sectores agrario, ganadero o forestal.
f. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
g. Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, cuando conforme a la Ley 31/1995 de 8/11, de Prevención de Riesgos Laborales, resultasen obligados a ello.
h. No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
i. No estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
j. En el caso de que el solicitante sea una persona con discapacidad, tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
k. No encontrarse incurso en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apdos. 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17/11.
2. Los trabajadores autónomos o por cuenta propia cuando formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
¿QUIÉN NO PUEDE SER BENEFICIARIO DE LAS AYUDAS?
a) Los socios de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.
b) Los trabajadores colaboradores.
¿QUÉ GASTOS SON SUBVENCIONABLES?
Son gastos subvencionables, los derivados del inicio de la actividad económica de las personas emprendedoras, hasta el límite de cuantía de subvención establecido en el apartado 3 de esta disposición, por los siguientes conceptos:
a. Cotizaciones al RETA o mutualidad.
b. Gastos necesarios para obtener la financiación de proyectos, entre otros formalización, estudio y constitución de préstamos o avales.
c. Honorarios de notario y registrador.
d. Tasas y licencias municipales.
e. Publicidad, marketing, página web y posicionamiento web.
CUANTIAS DE LA SUBVENCIÓN:
a) Para proyectos de emprendimiento promovidos por hombres: máximo de 3.000 €. Dicha cuantía se incrementará a 3.600 € cuando el proyecto emprendedor sea promovido por un hombre con discapacidad.
b) Para proyectos de emprendimiento promovidos por mujeres: máximo de 4.000 €. Dicha cuantía se incrementará a 4.800 € cuando el proyecto emprendedor sea promovido por una mujer con discapacidad.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El periodo de presentación de las solicitudes de ayuda será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCM (Fecha publicación: 02 de Diciembre de 2.016).
Si estas interesad@ en solicitarla, no dudes ponerte en contacto con nosotros. Te informaremos y asesoremos para emprender
Puedes acceder a la información de la Convocatoria de ayudas en el siguiente enlace:
http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2016/12/02/pdf/2016_13160.pdf&tipo=rutaDocm